Jurisprudencia

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"La palabra "jurisprudencia" tiene en la literatura jurídica dos acepciones principales, una ligada a la idea de saber o conocimiento del derecho y la otra vinculada a la actividad de los órganos jurisdiccionales. Por lo mismo, en la primera de sus acepciones, "jurisprudencia" es una palabra ligada a la actividad de los juristas, mientras que en la segunda acepción se trata de una palabra vinculada a la actividad de los jueces." (Agustín Squella Narducci, Introducción al Derecho)

"CONCEPTO. La palabra jurisprudencia posee varias acepciones; en una de estas significa conocimiento del Derecho; en otra, Ciencia del Derecho, teoría del orden jurídico positivo o doctrina jurídica; en otra, sirve para designar el conjunto de principios generales emanados de los fallos uniformes de los Tribunales de Justicia para la interpretación y aplicación de las normas jurídicas; y en una tercera, corresponde a las normas jurídicas individuales emanadas de sentencias pronunciadas por los Tribunales de Justicia." (Teoría del Derecho, Máximo Pacheco, Editorial Jurídica de Chile, Cuarta Edición, 1990, pág. 346)