Artículo 5 del Código del Trabajo
El ejercicio de las facultades que la ley le reconoce al empleador, tiene como límite el respeto a las garantías constitucionales de los trabajadores, en especial cuando pudieran afectar la intimidad, la vida privada o la honra de éstos.
Los derechos establecidos por las leyes laborales son irrenunciables, mientras subsista el contrato de trabajo.
Los contratos individuales y los instrumentos colectivos de trabajo podrán ser modificados, por mutuo consentimiento, en aquellas materias en que las partes hayan podido convenir libremente.
Ubicación en el Código
Título Preliminar. Contiene los artículos
- Artículo 1 del Código del Trabajo
- Artículo 2 del Código del Trabajo
- Artículo 3 del Código del Trabajo
- Artículo 4 del Código del Trabajo
- Artículo 5 del Código del Trabajo
- Artículo 6 del Código del Trabajo
