Diferencia entre revisiones de «Principio de la Libertad Sindical»
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"La libertad sindical –derecho humano fundamental– es la facultad de los trabajadores para organizarse en sindicatos, ejercer la acción y promoción sindical, sin impedimento alguno, solo con la condición de sujetarse a la ley y a los estatutos que los mismos trabajadores se dan." (Baltera, 2016) | "La libertad sindical –derecho humano fundamental– es la facultad de los trabajadores para organizarse en sindicatos, ejercer la acción y promoción sindical, sin impedimento alguno, solo con la condición de sujetarse a la ley y a los estatutos que los mismos trabajadores se dan." (Baltera, 2016) | ||
==OIT== | |||
* [https://www.ilo.org/global/standards/subjects-covered-by-international-labour-standards/freedom-of-association/lang--es/index.htm Libertad Sindical, Sitio OIT.] | |||
"El principio de libertad sindical se encuentra en el centro de los valores de la OIT: Está consagrado en la Constitución de la OIT (1919), en la Declaración de Filadelfia de la OIT (1944), y en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998). Se trata también de un derecho proclamado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). El derecho de sindicación y de constitución de sindicatos y organizaciones de empleadores y de trabajadores es el requisito necesario para la solidez de la negociación colectiva y del diálogo social. Sin embargo, siguen existiendo retos en la aplicación de estos principios. En algunos países, determinadas categorías de trabajadores (como los funcionarios, la gente de mar, y los trabajadores de las zonas francas industriales) se encuentran excluidas del derecho de sindicación, se suspenden ilegalmente las organizaciones de empleadores y de trabajadores, o se produce una injerencia en sus actividades, y, en algunos casos extremos, los sindicalistas son encarcelados o asesinados. Las normas de la OIT, junto con el trabajo del Comité de Libertad Sindical y otros mecanismos de control, allanan el terreno para la resolución de esas dificultades y para la garantía del respeto de este derecho humano fundamental en todo el mundo." | |||
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Revisión del 21:23 13 jun 2019
"La libertad sindical es el principio matriz del derecho colectivo del trabajo. La libertad sindical implica la posibilidad de trabajadores y empleadores de organizarse libremente, con el fin de constituir organizaciones colectivas que los representen por medio de dos mecanismos específicos: la negociación colectiva y la huelga" (Gamonal, 2014; 69)
"La libertad sindical –derecho humano fundamental– es la facultad de los trabajadores para organizarse en sindicatos, ejercer la acción y promoción sindical, sin impedimento alguno, solo con la condición de sujetarse a la ley y a los estatutos que los mismos trabajadores se dan." (Baltera, 2016)
OIT
"El principio de libertad sindical se encuentra en el centro de los valores de la OIT: Está consagrado en la Constitución de la OIT (1919), en la Declaración de Filadelfia de la OIT (1944), y en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998). Se trata también de un derecho proclamado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). El derecho de sindicación y de constitución de sindicatos y organizaciones de empleadores y de trabajadores es el requisito necesario para la solidez de la negociación colectiva y del diálogo social. Sin embargo, siguen existiendo retos en la aplicación de estos principios. En algunos países, determinadas categorías de trabajadores (como los funcionarios, la gente de mar, y los trabajadores de las zonas francas industriales) se encuentran excluidas del derecho de sindicación, se suspenden ilegalmente las organizaciones de empleadores y de trabajadores, o se produce una injerencia en sus actividades, y, en algunos casos extremos, los sindicalistas son encarcelados o asesinados. Las normas de la OIT, junto con el trabajo del Comité de Libertad Sindical y otros mecanismos de control, allanan el terreno para la resolución de esas dificultades y para la garantía del respeto de este derecho humano fundamental en todo el mundo."
Artículos
- (2017] - "Los derechos de libertad sindical en la Constitución chilena", Revista de Derecho (Valdivia) Vol. XXX - Nº 1 – Junio 2017 (pp. 9-31)
- (2016) - "La libertad sindical: incertidumbre de un derecho de los trabajadores." por Pablo Baltera Santander Sociólogo U.C. en Cuaderno de Investigación N° 59, Dirección del Trabajo. Santiago, diciembre 2016.
- (2016): “Derecho Colectivo y Libertad Sindical” Por Rodrigo Palomo Vélez en: Revista Laboral Chilena (Septiembre-Octubre) Páginas 70-76. Coautoría con Silvana Guzmán Sepúlveda
- (2014): “La libertad sindical en el origen, desarrollo y proyección del Derecho del Trabajo. Recesión a Alfredo Villavicencio”, Por Rodrigo Palomo Vélez. En: Revista de Derecho Laboral y Seguridad Social. (Vol. I-2014). Pp. 547-549
- (2009) - El reconocimiento constitucional de la libertad sindical y el derecho a negociación colectiva. Por Francisco Tapia Guerrero. En, Negociación Colectiva en Chile. AA.VV. Dirección del Trabajo. Santiago, 2009.
- (2008) - Las materias objeto de negociación colectiva y la libertad sindical: el fantasma de los “Chicago Boys” a 30 años del plan laboral. Por Eduardo Caamaño Rojo. Revista Estudios Laborales de la Sociedad Chilena de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Nº 3, 2008.
- (2008) - El reconocimiento de la libertad sindical y el problema de la representación de los trabajadores en la negociación colectiva. Por Eduardo Caamaño Rojo. Revista de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso n.30 Valparaíso jun. 2008
- (2006) - La tutela jurisdiccional de la libertad sindical. Por Eduardo Caamaño Rojo. Rev. derecho (Valdivia) v.19 n.1 Valdivia jul. 2006
- 2000 - La libertad sindical en Chile: como superar una vieja lectura. Por José Luis Ugarte Cataldo. Boletín Oficial del Ministerio del Trabajo
- (1991) - Huelga y Libertad Sindical en la Ley 19069. Por Francisco Tapia Guerrero. En, Revista Laboral Chilena Nº2, 1991
Libros
- (2015) - “Presente y Futuro del Derecho de Información de las organizaciones sindicales en Chile”, por Álvaro Domínguez Montoya VVAA en: XXII Jornadas Nacionales de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, 2015, Universidad de Chile.
- (2014) - "La libertad sindical en Chile. ¿Requiere un nuevo modelo regulatorio?”, en coautoría Álvaro Domínguez Montoya, VVAA en La organización sindical en Chile, XX Jornadas Nacionales de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, coordinador Dr. Rodrigo Palomo Vélez, Editorial Librotecnia Santiago 2014, pp. 91-119. ISBN: 978-956-327-095-2.
- (2013) - "Tutela de la Libertad Sindical: en especial de la sanción de las prácticas antisindicales, análisis doctrinario y jurisprudencial", Por César Toledo Corsi. Abeledo Perrot, Legalpublishing, Santiago de Chile, 2013. 383 págs. Prólogo de Eduardo Caamaño Rojo.
- (2009) - “Regulación de la Libertad Sindical entre 1973-1990”. Artículo de Pedro Irureta Uriarte. En Libertad Sindical y Derechos Humanos. Análisis de los Informes del Comité de Libertad Sindical de la OIT (1973-1990). Editores Elizabeth Lira y Hugo Rojas. Editorial LOM, primera edición, Santiago, 2009.
- (2008) "Fundamentos de Derecho Laboral", Sergio Gamonal Contreras, Ed. Thomson Reuters, 4ta Edición, 2014.
Unificaciones sobre libertad sindical
Videos
- Charla: La Libertad Sindical de los funcionarios públicos. Duración: 30 minutos. Por Eduardo Ramírez Urquiza
