Dicom laboral en Chile

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Datos personales

En: Protección de datos personales en el Poder Judicial: Una nueva mirada al principio de publicidad de las actuaciones judiciales. Beatriz Guerrero Guerrero. Rev. chil. derecho tecnol. vol.9 no.2 Santiago dic. 2020
Dicom laboral

En otro ámbito —pero también en cuanto a la libertad de acceso a los expedientes virtuales y a la información que en ellos se contiene—, es posible, por medio de la consulta unificada de causas, crear una base de datos de los trabajadores litigantes con sus datos sensibles, materia en la que se tramita y el resultado de éstas, por lo que podría generarse una eventual discriminación por parte de los futuros empleadores, quienes serían capaces de revisar dichas bases de datos al momento de reclutar o seleccionar a un trabajador. Incluso, es dable que ni siquiera se requiera la base de datos, puesto que el sistema en la actualidad permite consultar de manera individual en el Poder Judicial con el nombre del trabajador, y acceder a sus litigios previos con sus antiguos empleadores, situación que genera evidentemente un criterio de discriminación arbitraria al momento de evaluar la contratación.

Es en este punto en particular que se genera un importante desincentivo a litigar, ya que, como todos sabemos, el despido por necesidades de la empresa viene por lo general aparejado con alguna vulneración o incumplimiento de las obligaciones legales del empleador, lo que amerita una solución por medio de la vía judicial en caso de no llegar a acuerdo en la instancia correspondiente ante las Inspecciones del Trabajo. Podría incluso generarse una práctica generalizada en los empleadores, que de hecho ya existe, en la cual los empresarios se aprovechan de las necesidades del trabajador ofreciendo indemnizaciones muy menores a las que legalmente corresponden, agregando ahora la posibilidad de quedar «marcado» como un trabajador conflictivo y ver menoscabadas sus posibilidades de acceder a nuevos empleos por llegar a demandar en sede laboral, más razón para aceptar las indemnizaciones que ofrezca el empleador en mediación laboral con el objeto de resguardar las futuras posibilidades de acceder al empleo. Esta situación, mirada en su conjunto, podría llegar a afectar derechos constitucionales e incluso derechos humanos de los individuos, razón suficiente para hacerse cargo de esta problemática.