Artículo 2290 del Código Civil

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Artículo 2290 del Código Civil. Si el negocio ha sido bien administrado, cumplirá el interesado las obligaciones que el gerente ha contraído en la gestión y le reembolsará las expensas útiles o necesarias.
   El interesado no es obligado a pagar salario alguno al gerente.
   Si el negocio ha sido mal administrado, el gerente es responsable de los perjuicios.


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Jurisprudencia