Todos los registros públicos
De DerechoPedia
Ir a la navegaciónIr a la búsqueda
Vista combinada de todos los registros de DerechoPedia. Puedes filtrar la vista seleccionando un tipo de registro, el nombre del usuario o la página afectada. Se distinguen mayúsculas de minúsculas.
- 14:01 9 oct 2024 María José Montes discusión contribs. creó la página Artículo 495 del Código Civil (Página creada con « Artículo 495 del Código Civil. El curador especial no es obligado a la confección de inventario, sino sólo a otorgar recibo de los documentos, cantidades o efectos que se pongan a su disposición para el desempeño de su cargo, y de que dará cuenta fiel y exacta. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
