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- 20:47 10 oct 2024 María José Montes discusión contribs. creó la página Artículo 2014 del Código Civil (Página creada con « Artículo 2014 del Código Civil. Las obligaciones que aquí se imponen al acarreador, se entienden impuestas al empresario de transportes, como responsable de la idoneidad y buena conducta de las personas que emplea. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del Código Civil Chileno»)
