Mi contrato era a plazo fijo o por obra, ¿cuántas cotizaciones necesito para cobrar de mi Cuenta Individual?

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El mercado laboral chileno se caracteriza por una alta presencia de relaciones laborales de carácter transitorio, tales como los contratos a plazo fijo y por obra o faena. Al concluir estos vínculos contractuales, el Seguro de Cesantía se convierte en la principal herramienta de mitigación económica para el trabajador cesante. Sin embargo, debido a la naturaleza temporal de estas contrataciones, surge la duda respecto a la flexibilidad del sistema para acceder a los fondos acumulados: ¿cuántas cotizaciones mensuales exige la ley para que un trabajador con contrato de duración determinada pueda cobrar su seguro?

¿Cuántas cotizaciones se necesitan para cobrar el Seguro de Cesantía si tenía un contrato a plazo fijo o por obra?

Respuesta

Los trabajadores que se encontraban prestando servicios bajo un contrato a plazo fijo, por obra, trabajo o servicio determinado necesitan registrar un mínimo de 5 cotizaciones mensuales (continuas o discontinuas) en su Cuenta Individual por Cesantía (CIC) para poder acceder al pago de sus prestaciones.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 letra b) de la Ley N° 19.728, el legislador establece un régimen diferenciado y más accesible para los contratos de duración determinada en comparación con los de carácter indefinido (que requieren un piso de 10 cotizaciones). Esta distinción técnico-jurídica busca no desproteger a los trabajadores temporales, reconociendo la habitual brevedad de sus períodos de servicios.

Estas 5 cotizaciones mínimas pueden ser continuas o discontinuas, y haberse enterado con uno o más empleadores, debiendo contabilizarse desde la afiliación inicial del trabajador al seguro o bien desde la fecha de devengo de su último giro cobrado. Asimismo, para proceder a la liberación de los fondos acumulados en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), el afiliado deberá acreditar el término del vínculo contractual ante la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) mediante la presentación de un documento de término legal e idóneo ratificado ante un ministro de fe, tales como el finiquito de trabajo, la carta de despido o un acta de conciliación ante la Inspección del Trabajo.

Consejos Prácticos

  • Verifique su densidad previsional en línea: Antes de ingresar su solicitud de cobro, acceda a la Sucursal Virtual de la AFC (www.afc.cl) con su ClaveÚnica y descargue su cartola histórica para confirmar que registra al menos 5 cotizaciones mensuales pagadas a su Cuenta Individual (CIC).
  • Exija sus liquidaciones sin descuentos: Recuerde que en los contratos a plazo fijo o por obra, el financiamiento del 3% imponible del seguro es de cargo exclusivo del empleador. Verifique en sus liquidaciones que no se le haya realizado ningún descuento bajo la glosa de Seguro de Cesantía o AFC.
  • Aproveche el finiquito digital: Si firma su finiquito electrónicamente en la plataforma de la Dirección del Trabajo (DT), los sistemas de la AFC validarán de forma inmediata y automática el término de la relación laboral, agilizando el pago de sus giros mensuales de forma digital.
  • Tenga en cuenta la transformación de contrato: Si su contrato a plazo fijo se transformó en indefinido antes del despido, recuerde que la regla de cotizaciones exigibles para retirar los fondos de su Cuenta Individual (CIC) aumentará de forma automática al régimen general de 10 cotizaciones.

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