¿Qué requisitos debe cumplir el acuerdo para que sea válido compensar en dinero el feriado progresivo?

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“Del precepto legal antes citado puede concluirse que, para acceder al feriado progresivo, se requieren tres elementos: (i) Que el trabajador cumpla con los requisitos que dan derecho a gozar del feriado básico; (ii) Que el trabajador haya cumplido diez años de servicios continuos o discontinuos, con uno o más empleadores (sólo pueden hacerse vales hasta diez años de trabajos para empleadores anteriores); y (iii) Que el trabajador haya cumplido tres nuevos años de servicios por sobre los primer diez años de labor”. (Irureta, 2023).

El trabajador puede optar por no tomar los días de feriado progresivo y, en su lugar, acordar con su empleador recibir un pago en dinero. Esta compensación puede establecerse a través de un acuerdo individual o mediante negociación colectiva.

La ley permite esta opción únicamente respecto del feriado progresivo, es decir, los días adicionales al feriado legal básico, y no exige una formalidad específica para que el acuerdo sea válido. Basta con que ambas partes lleguen a un acuerdo y que el empleador realice el pago correspondiente.

Sin embargo, la legislación establece un mínimo: el monto pagado por esos días debe ser, al menos, igual a la remuneración íntegra que le correspondería al trabajador si hubiese hecho uso del descanso, tal como indica el artículo 71 del Código del Trabajo.