¿Corresponde pagar al trabajador el salario pendiente si el contrato a plazo fijo termina antes por una causal de término atribuible al empleador?

De DerechoPedia
Revisión del 02:38 26 jul 2025 de Renzo Trabucco Polo (Hablar | contribs.) (Página creada con «''“Asimismo, en la normativa laboral la ley busca que los contratos protejan la '''estabilidad en el empleo''', la permanencia en la empresa, y la posibilidad que el trabajo sea fuente de realizaciones duraderas entre las partes contratantes”. “'''''Lo anterior no significa que el Derecho del Trabajo proponga un empleo vitalicio'''''”''. (Irureta, 2023). Según lo establecido en el artículo 171 del Código del Trabajo, cuando el empleador incurre en alg…»)
(difs.) ← Revisión anterior | Revisión actual (difs.) | Revisión siguiente → (difs.)
Ir a la navegaciónIr a la búsqueda

“Asimismo, en la normativa laboral la ley busca que los contratos protejan la estabilidad en el empleo, la permanencia en la empresa, y la posibilidad que el trabajo sea fuente de realizaciones duraderas entre las partes contratantes”. “Lo anterior no significa que el Derecho del Trabajo proponga un empleo vitalicio”. (Irureta, 2023).

Según lo establecido en el artículo 171 del Código del Trabajo, cuando el empleador incurre en alguna de las causales previstas en los números 1, 5 o 7 del artículo 160 del Código del Trabajo, el trabajador tiene la facultad de dar por terminado anticipadamente el contrato y acudir a la justicia para solicitar el pago de indemnizaciones.

¿Qué indemnizaciones se encuentran consideradas?

La indemnización por años de servicio y la indemnización sustitutiva del aviso previo, que pueden ser aumentadas según la causal invocada (hasta un 80% para los números 1 y 5, y un 50% en el caso del número 7).

Sin embargo, la jurisprudencia de la Corte Suprema (Rol 570, 07.12.1993) ha establecido que el trabajador que finaliza anticipadamente un contrato de plazo fijo debido a una causal atribuible al empleador no tiene derecho a cobrar las remuneraciones correspondientes al tiempo restante del contrato, sino únicamente a las indemnizaciones por desahucio y años de servicio.