Artículo 200 del Código del Trabajo

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Artículo 200

La trabajadora o el trabajador que tenga a su cuidado un menor de edad, por habérsele otorgado judicialmente la tuición o el cuidado personal como medida de protección, o en virtud de lo previsto en los artículos 19 o 24 de la ley Nº 19.620, tendrá derecho al permiso postnatal parental establecido en el artículo 197 bis. Además, cuando el menor tuviere menos de seis meses, previamente tendrá derecho a un permiso y subsidio por doce semanas.

A la correspondiente solicitud de permiso, el trabajador o la trabajadora, según corresponda, deberá acompañar necesariamente una declaración jurada de tener bajo su tuición o cuidado personal al causante del beneficio, así como un certificado del tribunal que haya otorgado la tuición o cuidado personal del menor como medida de protección, o en virtud de lo previsto en los artículos 19 o 24 de la ley Nº19.620.

Historia

Modificaciones

Materias

Jurisprudencia Administrativa

Dictamen de la Dirección del Trabajo, dictamen N°4.052, de fecha 17.10.11 En el dictamen se señala que la ley N° 20.545 en Chile introduce modificaciones al Código del Trabajo para mejorar la protección de la maternidad y los permisos postnatales parentales. Establece derechos como el permiso de cinco días para el padre en caso de nacimiento y el traspaso del permiso postnatal en caso de fallecimiento de la madre. El descanso postnatal se incrementa a 18 semanas en ciertos casos, y las trabajadoras tienen derecho a un permiso postnatal parental de 12 semanas, que puede extenderse a 18 semanas si se reincorporan a media jornada. El empleador debe reincorporar a la trabajadora que opte por media jornada, salvo que las condiciones laborales lo impidan. La Dirección del Trabajo debe resolver reclamos ante la negativa del empleador de aceptar la reincorporación parcial de la trabajadora. La madre trabajadora mantiene el fuero hasta un año después del descanso postnatal, y el padre que haga uso del permiso postnatal parental goza de fuero por un período equivalente al doble de la duración de su permiso. La ley entró en vigencia el 17 de octubre de 2011.


Dictamen de la Dirección del Trabajo, dictamen N°0351, de fecha 20.01.12 En el dictamen se señala el permiso postnatal parental en Chile, cubriendo derechos laborales y obligaciones del empleador. Las trabajadoras que usan el permiso por media jornada tienen derecho al permiso de alimentación y descanso para colación. La asignación de movilización depende del acuerdo entre las partes. Si el padre no comunica la cesión del permiso, la madre conserva el derecho. El empleador de la madre debe seguir otorgando el beneficio de sala cuna. Para acogerse al permiso, el menor no debe haber cumplido 24 semanas a la fecha de entrada en vigencia de la ley Nº 20.545. La media jornada laboral se refiere a la mitad de la jornada diaria convenida.

Jurisprudencia Judicial

Juzgados

Cortes de Apelaciones

Corte Suprema

Libros

Artículos especializados