Artículo 1899 del Código Civil
De DerechoPedia
Artículo 1899 del Código Civil. No pueden cambiarse las cosas que no pueden venderse. Ni son hábiles para el contrato de permutación las personas que no son hábiles para el contrato de venta.
Artículo 1899 del Código Civil. No pueden cambiarse las cosas que no pueden venderse. Ni son hábiles para el contrato de permutación las personas que no son hábiles para el contrato de venta.
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