Artículo 1181 del Código Civil
De DerechoPedia
Artículo 1181 del Código Civil. Legítima es aquella cuota de los bienes de un difunto que la ley asigna a ciertas personas llamadas legitimarios. Los legitimarios son por consiguiente herederos.
Artículo 1181 del Código Civil. Legítima es aquella cuota de los bienes de un difunto que la ley asigna a ciertas personas llamadas legitimarios. Los legitimarios son por consiguiente herederos.
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