Artículo 509 del Código Civil
De DerechoPedia
Artículo 509 del Código Civil. Las causas antedichas de incapacidad, que sobrevengan durante el ejercicio de la tutela o curaduría, pondrán fin a ella.
Artículo 509 del Código Civil. Las causas antedichas de incapacidad, que sobrevengan durante el ejercicio de la tutela o curaduría, pondrán fin a ella.
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