Artículo 162 del Código Civil
De DerechoPedia
Artículo 162 del Código Civil. Si la mujer separada de bienes confiere al marido la administración de alguna parte de los suyos, será obligado el marido a la mujer como simple mandatario.
Artículo 162 del Código Civil. Si la mujer separada de bienes confiere al marido la administración de alguna parte de los suyos, será obligado el marido a la mujer como simple mandatario.
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