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(Página creada con «<table style="background-color: #f0f7ff; border-left: 6px solid #1a4a7a; border-radius: 0 8px 8px 0; padding: 18px 22px; margin: 25px 0; font-family: sans-serif; width: 100%; border-collapse: collapse; border: none;"> <tr style="border: none; background: none;"> <td style="width: 140px; text-align: center; vertical-align: middle; padding: 0 20px 0 0; border: none; background: none;">Archivo:Kopaitic y Asociados Estudio Laboral Abogados Valparaiso.png|130px|center|li…»)
 
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<div style="background-color: #f8fbff; border-left: 4px solid #1a4a7a; padding: 12px 18px; margin: 15px 0; font-family: sans-serif;">
<div style="font-size: 13px; font-weight: bold; color: #1a4a7a; margin-bottom: 6px; text-transform: uppercase; letter-spacing: 0.5px;">⚖️ Jurisprudencia Relevante</div>
<blockquote style="margin: 0 0 10px 0; font-style: italic; color: #222222; font-size: 14.5px; line-height: 1.5;">
"...en materia laboral, las indemnizaciones tienen naturaleza alimenticia, así el trabajador privado de sus remuneraciones por el despido, debe suplir las necesidades posteriores a este."
</blockquote>
<div style="font-size: 13px; color: #555555; font-weight: bold;">— Corte de Apelaciones de Antofagasta, Rol N° 103-2014, 26 de septiembre de 2014, C. 10.</div>
<hr style="border: 0; border-top: 1px solid #d0e1f9; margin: 12px 0;" />
<blockquote style="margin: 0 0 10px 0; font-style: italic; color: #222222; font-size: 14.5px; line-height: 1.5;">
"...atendido... el carácter alimenticio que reviste la indemnización al verse privado intempestivamente el trabajador de su fuente de sustento para hacer frente a las numerosas necesidades familiares y personales."
</blockquote>
<div style="font-size: 13px; color: #555555; font-weight: bold;">— Corte de Apelaciones de Iquique, Rol N° 25-2011, 5 de mayo de 2011, C. 3.</div>
</div>
<blockquote style="background: #f9f9f9; border-left: 5px solid #cccccc; margin: 1.5em 10px; padding: 0.8em 12px; quotes: '\201C''\201D''\2018''\2019';">
<p style="margin: 0; font-style: italic; font-size: 14px; line-height: 1.5;">
"...en materia laboral, las indemnizaciones tienen naturaleza alimenticia, así el trabajador privado de sus remuneraciones por el despido, debe suplir las necesidades posteriores a este."
</p>
<div style="text-align: right; font-size: 12.5px; color: #444444; margin-top: 6px;">
<b>Corte de Apelaciones de Antofagasta</b> (Rol N° 103-2014, 26 de septiembre de 2014, C. 10)
</div>
</blockquote>
<blockquote style="background: #f9f9f9; border-left: 5px solid #cccccc; margin: 1.5em 10px; padding: 0.8em 12px;">
<p style="margin: 0; font-style: italic; font-size: 14px; line-height: 1.5;">
"...atendido... el carácter alimenticio que reviste la indemnización al verse privado intempestivamente el trabajador de su fuente de sustento para hacer frente a las numerosas necesidades familiares y personales."
</p>
<div style="text-align: right; font-size: 12.5px; color: #444444; margin-top: 6px;">
<b>Corte de Apelaciones de Iquique</b> (Rol N° 25-2011, 5 de mayo de 2011, C. 3)
</div>
</blockquote>
{| class="wikitable" style="width: 100%; border-left: 4px solid #1a4a7a; background-color: #fafafa;"
|- style="background-color: #f0f4f8;"
! style="width: 30%; text-align: left; color: #1a4a7a;" | Tribunal y Causa
! style="text-align: left; color: #1a4a7a;" | Criterio / Razonamiento
| '''Corte de Apelaciones de Iquique'''<br /><small>Rol N° 25-2011 (05/05/2011, C. 3)</small>
| ''"...atendido... el carácter alimenticio que reviste la indemnización al verse privado intempestivamente el trabajador de su fuente de sustento para hacer frente a las numerosas necesidades familiares y personales."''
|}

Revisión del 11:32 23 sep 2026

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⚖️ Jurisprudencia Relevante

"...en materia laboral, las indemnizaciones tienen naturaleza alimenticia, así el trabajador privado de sus remuneraciones por el despido, debe suplir las necesidades posteriores a este."

— Corte de Apelaciones de Antofagasta, Rol N° 103-2014, 26 de septiembre de 2014, C. 10.

"...atendido... el carácter alimenticio que reviste la indemnización al verse privado intempestivamente el trabajador de su fuente de sustento para hacer frente a las numerosas necesidades familiares y personales."

— Corte de Apelaciones de Iquique, Rol N° 25-2011, 5 de mayo de 2011, C. 3.

"...en materia laboral, las indemnizaciones tienen naturaleza alimenticia, así el trabajador privado de sus remuneraciones por el despido, debe suplir las necesidades posteriores a este."

Corte de Apelaciones de Antofagasta (Rol N° 103-2014, 26 de septiembre de 2014, C. 10)

"...atendido... el carácter alimenticio que reviste la indemnización al verse privado intempestivamente el trabajador de su fuente de sustento para hacer frente a las numerosas necesidades familiares y personales."

Corte de Apelaciones de Iquique (Rol N° 25-2011, 5 de mayo de 2011, C. 3)

Tribunal y Causa Criterio / Razonamiento Corte de Apelaciones de Iquique
Rol N° 25-2011 (05/05/2011, C. 3)
"...atendido... el carácter alimenticio que reviste la indemnización al verse privado intempestivamente el trabajador de su fuente de sustento para hacer frente a las numerosas necesidades familiares y personales."