Diferencia entre revisiones de «Artículo 8 del Código del Trabajo»

De DerechoPedia
Ir a la navegaciónIr a la búsqueda
Sin resumen de edición
Sin resumen de edición
Línea 1: Línea 1:
'''[[Artículo 8 del Código del Trabajo|Artículo 8]]'''  
    '''[[Artículo 8 del Código del Trabajo|Artículo 8]]'''  
    Toda prestación de servicios en los términos señalados en el artículo anterior, hace [[Presunción|presumir]] la existencia de un contrato de trabajo.
    Los servicios prestados por personas que realizan oficios o ejecutan trabajos directamente al público, o aquellos que se efectúan discontinua o esporádicamente a domicilio, no dan origen al contrato de trabajo.
    Tampoco dan origen a dicho contrato los servicios que preste un alumno o egresado de una institución de educación superior o de la enseñanza media técnico-profesional, durante un tiempo determinado, a fin de dar cumplimiento al requisito de práctica profesional. No obstante, la empresa en que realice dicha práctica le proporcionará [[Asignación de colación|colación]] y [[Asignación de movilización|movilización]], o una asignación compensatoria de dichos beneficios, convenida anticipada y expresamente, lo que no constituirá remuneración para efecto legal alguno.
    Las normas de este [[Código del Trabajo|Código]] sólo se aplicarán a los [[Trabajadores independientes|trabajadores independientes]] en los casos en que expresamente se refieran a ellos.


Toda prestación de servicios en los términos señalados en el artículo anterior, hace [[Presunción|presumir]] la existencia de un contrato de trabajo.
{{CL}}
 
Los servicios prestados por personas que realizan oficios o ejecutan trabajos directamente al público, o aquellos que se efectúan discontinua o esporádicamente a domicilio, no dan origen al contrato de trabajo.
 
Tampoco dan origen a dicho contrato los servicios que preste un alumno o egresado de una institución de educación superior o de la enseñanza media técnico-profesional, durante un tiempo determinado, a fin de dar cumplimiento al requisito de práctica profesional. No obstante, la empresa en que realice dicha práctica le proporcionará [[Asignación de colación|colación]] y [[Asignación de movilización|movilización]], o una asignación compensatoria de dichos beneficios, convenida anticipada y expresamente, lo que no constituirá remuneración para efecto legal alguno.
 
Las normas de este [[Código del Trabajo|Código]] sólo se aplicarán a los [[Trabajadores independientes|trabajadores independientes]] en los casos en que expresamente se refieran a ellos.


==Historia==
==Historia==

Revisión del 00:30 9 dic 2024

   Artículo 8 

   Toda prestación de servicios en los términos señalados en el artículo anterior, hace presumir la existencia de un contrato de trabajo.

   Los servicios prestados por personas que realizan oficios o ejecutan trabajos directamente al público, o aquellos que se efectúan discontinua o esporádicamente a domicilio, no dan origen al contrato de trabajo.

   Tampoco dan origen a dicho contrato los servicios que preste un alumno o egresado de una institución de educación superior o de la enseñanza media técnico-profesional, durante un tiempo determinado, a fin de dar cumplimiento al requisito de práctica profesional. No obstante, la empresa en que realice dicha práctica le proporcionará colación y movilización, o una asignación compensatoria de dichos beneficios, convenida anticipada y expresamente, lo que no constituirá remuneración para efecto legal alguno.

   Las normas de este Código sólo se aplicarán a los trabajadores independientes en los casos en que expresamente se refieran a ellos.


Código del trabajo - Código Civil - Código de Procedimiento Civil


Historia

Modificaciones

Materias