Diferencia entre revisiones de «Artículo 30 del Código de Procedimiento Civil»
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==Jurisprudencia== | ==Comentarios== | ||
== Artículo 30 del Código de Procedimiento Civil == | |||
=== 1. Encabezado e Introducción === | |||
<blockquote style="background-color: #f0f7ff; border-left: 6px solid #1a4a7a; padding: 15px 20px; margin: 20px 0; font-style: italic; color: #0f2d4a; border-radius: 0 8px 8px 0;"> | |||
''"Los escritos y documentos se presentarán por vía electrónica conforme se dispone en los artículos 5º y 6º, respectivamente, de la Ley General sobre Tramitación Electrónica de los Procedimientos Judiciales.<br> | |||
Los escritos se encabezarán con una suma que indique su contenido o el trámite de que se trata."'' | |||
<div style="text-align: right; font-weight: bold; font-size: 13px; color: #1a4a7a; margin-top: 8px;">— '''[[Código de Procedimiento Civil]], Artículo 30 (Texto modificado por Ley N° 20.886).''' [i]</div> | |||
</blockquote> | |||
* '''Ubicación sistemática:''' El precepto abre la regulación de la presentación de escritos en el **Libro I** (''"Disposiciones comunes a todo procedimiento"''), **Título V** (''"De la formación del proceso, de su custodia y de su comunicación a las partes"''), artículos 29 a 37 del [[Código de Procedimiento Civil]] [i], en directa concordancia con los artículos 5° y 6° de la **[[Ley N° 20.886]]** sobre Tramitación Electrónica de los Procedimientos Judiciales [i]. | |||
* '''Objetivo procesal:''' Consagrar el régimen imperativo de la **tramitación digital de los procedimientos civiles**, estableciendo la obligación de ingresar las solicitudes e instrumentos a través de la [[Oficina Judicial Virtual]] [i], y preservando la solemnidad adjetiva del encabezamiento o **suma del escrito** para garantizar la adecuada ordenación y resolución de los trámites en la carpeta electrónica [i]. | |||
=== 2. Conceptos y Definiciones Clave === | |||
; [[Escrito judicial]] : Acto jurídico procesal solemne mediante el cual las partes o intervinientes formulan sus peticiones, alegaciones o defensas ante el tribunal en los procedimientos donde predomina la regla de la escrituración [i]. | |||
; [[Suma del escrito]] : Resumen o síntesis formal breve ubicada en la parte superior del escrito que indica el contenido sustancial, la acción ejercida o el trámite procesal de que se trata (ej.: ''"EN LO PRINCIPAL: Demanda ordinaria de cobro de pesos; EN EL PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos" logicamente'') [i]. | |||
; [[Carpeta electrónica]] : Registro informático unificado e inalterable que sustituyó al expediente físico en papel (Art. 29 CPC), formado con la totalidad de escritos, documentos, resoluciones, actas y actuaciones que se verifican en el juicio [i]. | |||
; [[Oficina Judicial Virtual]] (OJV) : Sistema informático y portal de servicios en internet del [[Poder Judicial]] mediante el cual los abogados, mandatarios e intervinientes ingresan demandas, escritos e instrumentos en formato digital [i]. | |||
; [[Principio de equivalencia funcional]] : Principio inspirador de la Ley N° 20.886 en virtud del cual los actos procesales y presentaciones suscritos mediante firma electrónica poseen la misma validez y producen los mismos efectos jurídicos que si se hubieren realizado en soporte papel [i]. | |||
=== 3. Análisis Exegético y Explicación Procesal === | |||
==== A. Análisis del Inciso Primero: Tramitación Electrónica Obligatoria ==== | |||
El inciso primero del artículo 30 del CPC sustituye la antigua presentación material en el mesón de la secretaría por el ingreso electrónico en la plataforma informática [i]: | |||
1. '''Presentación de Escritos (Art. 5° Ley N° 20.886):''' | |||
* La regla general e imperativa es que todo escrito debe ingresarse por vía electrónica en la [[Oficina Judicial Virtual]] [i]. | |||
* Las presentaciones efectuadas por los usuarios registrados mediante la **Clave Única del Estado** se entienden suscritas con firma electrónica simple, produciendo plenos efectos legales sin necesidad de firma manuscrita [i]. | |||
* **Excepciones de Ingreso Presencial:** Únicamente por razones justificadas de caso fortuito, problemas de conectividad o respecto de personas autorizadas por el tribunal por carecer de medios tecnológicos, se permite la entrega material en soporte papel, caso en el cual el tribunal debe digitalizar e ingresar inmediatamente la presentación a la carpeta electrónica [i]. | |||
2. '''Presentación de Documentos (Art. 6° Ley N° 20.886):''' | |||
* Los documentos en formato digital o digitalizado deben acompañarse a través de la OJV [i]. | |||
* **Títulos Ejecutivos y Documentos Originales:** Los títulos ejecutivos cuyo formato originario sea de papel deben presentarse materialmente en el tribunal bajo custodia del secretario o ministro de fe dentro de plazo, acompañando su correspondiente copia digital, bajo apercibimiento de tenerse por no iniciada la ejecución o por no presentado el documento [i]. | |||
==== B. Análisis del Inciso Segundo: La Suma del Escrito ==== | |||
El inciso segundo mantiene una de las solemnidades tradicionales más relevantes del enjuiciamiento escrito: el deber de encabezar todo escrito con una **suma** [i]. | |||
1. '''Finalidad Práctica de la Suma:''' Permite al tribunal, al secretario y a las partes identificar de inmediato la naturaleza del escrito y proveer con exactitud cada una de las solicitudes formuladas sin omitir peticiones accesorias [i]. | |||
2. '''Estructura Forense Tradicional (Petición Principal y Otrosíes):''' | |||
* '''En lo principal:''' Sintetiza la solicitud o acción medular del libelo (ej.: ''"Demanda de resolución de contrato"'' o ''"Evacua traslado de excepciones"'' [i]). | |||
* '''En el otrosí (o primeros, segundos otrosíes):''' Significa 'además de esto' y se utiliza para formular peticiones secundarias, procesales o probatorias (ej.: acompañamiento de documentos, designación de abogado patrocinante y apoderado, reserva de derechos) [i]. | |||
==== C. Esquema de Flujo Conceptual: Estructura e Ingreso del Escrito según el Art. 30 CPC ==== | |||
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| ESTRUCTURA DEL ESCRITO JUDICIAL (Art. 30 inc. 2°) | | |||
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| SUMA | | |||
| (Resumen de peticiones: En lo principal y en los otrosíes) | | |||
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| CUERPO Y PETITORIO DEL ESCRITO | | |||
| (Individualización del Tribunal, Hechos, Derecho y Por Tanto) | | |||
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| VÍA DE PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA (Art. 30 inc. 1°) | | |||
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| REGLA GENERAL: Vía Electrónica | | EXCEPCIÓN: Soporte Papel Presencial | | |||
| - Ingreso por la Oficina Judicial | | - Caso fortuito o falta de medios | | |||
| Virtual con Clave Única | | tecnológicos autorizada. | | |||
| - Firma electrónica simple | | - Obligación del tribunal de | | |||
| - Certificado automático de envío | | digitalizar a la carpeta (Art. 5)| | |||
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=== 4. Discusiones Doctrinales y Opiniones de Autores === | |||
{| class="wikitable" style="width: 100%; border-collapse: collapse; border: none; font-family: sans-serif; background-color: #f0f7ff; border-left: 6px solid #1a4a7a; border-radius: 0 8px 8px 0; margin: 25px 0;" | |||
|+ style="font-size: 16px; font-weight: bold; color: #0f2d4a; padding-bottom: 10px; text-align: left;" | Análisis Doctrinal Comparado sobre el Artículo 30 del CPC | |||
|- style="background-color: #0f2d4a; color: #ffffff;" | |||
! style="padding: 14px 16px; border: 1px solid #0f2d4a; font-size: 15px; font-weight: bold; text-align: left; width: 25%; color: #ffffff; background-color: #0f2d4a;" | Jurista / Autor | |||
! style="padding: 14px 16px; border: 1px solid #0f2d4a; font-size: 15px; font-weight: bold; text-align: left; width: 35%; color: #ffffff; background-color: #0f2d4a;" | Tesis sobre la Suma y la Tramitación Electrónica | |||
! style="padding: 14px 16px; border: 1px solid #0f2d4a; font-size: 15px; font-weight: bold; text-align: left; width: 40%; color: #ffffff; background-color: #0f2d4a;" | Fundamento y Alcance Procesal | |||
|- style="background-color: #ffffff;" | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | '''Mario Casarino Viterbo''' | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | La suma como solemnidad formal y guía de despacho. | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | Sostiene que la suma es una exigencia de orden para que el juez y el secretario no omitan pronunciarse sobre las peticiones accesorias del escrito [i]. | |||
|- style="background-color: #f8fbff;" | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | '''Alejandro Romero Seguel''' | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | La informatización y preservación de solemnidades. | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | Explica que la tramitación electrónica modifica el soporte del expediente, pero mantiene las exigencias formales del escrito para asegurar la claridad de la litis [i]. | |||
|- style="background-color: #ffffff;" | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | '''Gonzalo Cortez / Diego Palomo''' | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | Firma electrónica y supresión de la firma manuscrita. | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | Afirman que el ingreso a la OJV con Clave Única satisface la exigencia de suscripción, haciendo innecesaria la firma de puño y letra en los escritos de las partes [i]. | |||
|- style="background-color: #f8fbff;" | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | '''Fernando Orellana Torres''' | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | Reemplazo del timbre o cargo físico por el certificado digital. | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | Precisa que el estampado de fecha y firma del secretario (Art. 32 CPC) fue sustituido para los escritos electrónicos por el certificado automático del sistema [i]. | |||
|} | |||
=== 5. Síntesis Visual y Comparativa === | |||
{| class="wikitable" style="width: 100%; border-collapse: collapse; border: none; font-family: sans-serif; background-color: #f0f7ff; border-left: 6px solid #1a4a7a; border-radius: 0 8px 8px 0; margin: 25px 0;" | |||
|+ style="font-size: 16px; font-weight: bold; color: #0f2d4a; padding-bottom: 10px; text-align: left;" | Cuadro Comparativo: Disposiciones del Artículo 30 del CPC | |||
|- style="background-color: #0f2d4a; color: #ffffff;" | |||
! style="padding: 14px 16px; border: 1px solid #0f2d4a; font-size: 15px; font-weight: bold; text-align: left; width: 22%; color: #ffffff; background-color: #0f2d4a;" | Inciso / Regla | |||
! style="padding: 14px 16px; border: 1px solid #0f2d4a; font-size: 15px; font-weight: bold; text-align: left; width: 26%; color: #ffffff; background-color: #0f2d4a;" | Requisito de Fondo o Forma | |||
! style="padding: 14px 16px; border: 1px solid #0f2d4a; font-size: 15px; font-weight: bold; text-align: left; width: 26%; color: #ffffff; background-color: #0f2d4a;" | Plataforma o Mecanismo | |||
! style="padding: 14px 16px; border: 1px solid #0f2d4a; font-size: 15px; font-weight: bold; text-align: left; width: 26%; color: #ffffff; background-color: #0f2d4a;" | Sanción por Omisión | |||
|- style="background-color: #ffffff;" | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | '''Art. 30 Inciso 1°''' (Ingreso de Escritos) | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | Presentación obligatoria por vía electrónica. | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | [[Oficina Judicial Virtual]] (OJV) con Clave Única o Firma Avanzada. | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | Inadmisión o devolución del escrito en papel no autorizado. | |||
|- style="background-color: #f8fbff;" | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | '''Art. 30 Inciso 1°''' (Ingreso de Documentos) | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | Incorporación digital o custodia de títulos materiales. | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | Módulo OJV o ingreso presencial bajo custodia con copia digital. | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | Apercibimiento de tener por no presentado el documento o ejecución. | |||
|- style="background-color: #ffffff;" | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | '''Art. 30 Inciso 2°''' (Suma del Escrito) | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | Encabezamiento con la síntesis de solicitudes. | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | Encabezado del documento PDF ingresado al sistema informático. | |||
| style="padding: 12px 16px; border: 1px solid #d0e1f9; color: #333333; font-size: 14px; line-height: 1.4;" | Observación formal para ordenar la corrección de la suma. | |||
|} | |||
=== 6. Jurisprudencia y Ejemplos Prácticos === | |||
* '''Corte Suprema, Rol N° 44.224-2017:''' El Máximo Tribunal resolvió que la tramitación electrónica establecida en la Ley N° 20.886 y en el artículo 30 del Código de Procedimiento Civil tiene por objeto facilitar la gestión del proceso, por lo que los jueces de la causa deben priorizar el acceso a la tutela judicial efectiva, sin supeditar el ejercicio de los derechos de las partes a aspectos meramente formales de la plataforma informática [i]. | |||
* '''Corte Suprema, Rol N° 28.507-2018:''' Confirmó la plena validez de las presentaciones realizadas a través de la Oficina Judicial Virtual por usuarios registrados con Clave Única, aclarando que la exigencia de firma electrónica avanzada se aplica a los jueces y ministros de fe, bastando para las partes la firma electrónica simple del sistema [i]. | |||
* '''Ejemplo Práctico de Redacción según el Art. 30 CPC:''' | |||
``` | |||
PROCEDIMIENTO: Ordinario de Mayor Cuantía | |||
MATERIA: Cumplimiento de Contrato con Indemnización de Perjuicios (C16) | |||
DEMANDANTE: Carlos Araya Ruiz, C.I. 14.567.890-3 | |||
DEMANDADO: Inmobiliaria del Sur SpA, RUT 76.987.654-2 | |||
ABOGADO PATROCINANTE: Patricia Morales Soto, C.I. 12.345.678-9 | |||
EN LO PRINCIPAL: Demanda ordinaria de cumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios. | |||
EN EL PRIMER OTROSÍ: Acompaña documento con citación. | |||
EN EL SEGUNDO OTROSÍ: Designa abogado patrocinante y confiero poder. | |||
S. J. L. en lo Civil de Santiago (1°) | |||
Carlos Araya Ruiz, de profesión contador, domiciliado en Av. Providencia N° 1234, comuna de Providencia, a S.S. respetuosamente digo: | |||
[Desarrollo del escrito...] | |||
POR TANTO, | |||
A S.S. PIDO: Se sirva tener por entablada demanda ordinaria... | |||
``` | |||
[[Categoría:Derecho procesal]] | |||
[[Categoría:Artículos del Código de Procedimiento Civil]] | |||
[[Categoría:Conceptos jurídicos]] | |||
[[Categoría:Artículos del Código de Procedimiento Civil]] | [[Categoría:Artículos del Código de Procedimiento Civil]] | ||
Revisión actual - 01:32 18 oct 2026
Artículo 30 del Código de Procedimiento Civil.- Los escritos y documentos se presentarán por vía electrónica conforme se dispone en los artículos 5º y 6º, respectivamente, de la Ley General sobre Tramitación Electrónica de los Procedimientos Judiciales. Los escritos se encabezarán con una suma que indique su contenido o el trámite de que se trata.
Comentarios
Artículo 30 del Código de Procedimiento Civil
1. Encabezado e Introducción
"Los escritos y documentos se presentarán por vía electrónica conforme se dispone en los artículos 5º y 6º, respectivamente, de la Ley General sobre Tramitación Electrónica de los Procedimientos Judiciales.
Los escritos se encabezarán con una suma que indique su contenido o el trámite de que se trata."— Código de Procedimiento Civil, Artículo 30 (Texto modificado por Ley N° 20.886). [i]
- Ubicación sistemática: El precepto abre la regulación de la presentación de escritos en el **Libro I** ("Disposiciones comunes a todo procedimiento"), **Título V** ("De la formación del proceso, de su custodia y de su comunicación a las partes"), artículos 29 a 37 del Código de Procedimiento Civil [i], en directa concordancia con los artículos 5° y 6° de la **Ley N° 20.886** sobre Tramitación Electrónica de los Procedimientos Judiciales [i].
- Objetivo procesal: Consagrar el régimen imperativo de la **tramitación digital de los procedimientos civiles**, estableciendo la obligación de ingresar las solicitudes e instrumentos a través de la Oficina Judicial Virtual [i], y preservando la solemnidad adjetiva del encabezamiento o **suma del escrito** para garantizar la adecuada ordenación y resolución de los trámites en la carpeta electrónica [i].
2. Conceptos y Definiciones Clave
- Escrito judicial
- Acto jurídico procesal solemne mediante el cual las partes o intervinientes formulan sus peticiones, alegaciones o defensas ante el tribunal en los procedimientos donde predomina la regla de la escrituración [i].
- Suma del escrito
- Resumen o síntesis formal breve ubicada en la parte superior del escrito que indica el contenido sustancial, la acción ejercida o el trámite procesal de que se trata (ej.: "EN LO PRINCIPAL: Demanda ordinaria de cobro de pesos; EN EL PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos" logicamente) [i].
- Carpeta electrónica
- Registro informático unificado e inalterable que sustituyó al expediente físico en papel (Art. 29 CPC), formado con la totalidad de escritos, documentos, resoluciones, actas y actuaciones que se verifican en el juicio [i].
- Oficina Judicial Virtual (OJV)
- Sistema informático y portal de servicios en internet del Poder Judicial mediante el cual los abogados, mandatarios e intervinientes ingresan demandas, escritos e instrumentos en formato digital [i].
- Principio de equivalencia funcional
- Principio inspirador de la Ley N° 20.886 en virtud del cual los actos procesales y presentaciones suscritos mediante firma electrónica poseen la misma validez y producen los mismos efectos jurídicos que si se hubieren realizado en soporte papel [i].
3. Análisis Exegético y Explicación Procesal
A. Análisis del Inciso Primero: Tramitación Electrónica Obligatoria
El inciso primero del artículo 30 del CPC sustituye la antigua presentación material en el mesón de la secretaría por el ingreso electrónico en la plataforma informática [i]:
1. Presentación de Escritos (Art. 5° Ley N° 20.886):
* La regla general e imperativa es que todo escrito debe ingresarse por vía electrónica en la Oficina Judicial Virtual [i]. * Las presentaciones efectuadas por los usuarios registrados mediante la **Clave Única del Estado** se entienden suscritas con firma electrónica simple, produciendo plenos efectos legales sin necesidad de firma manuscrita [i]. * **Excepciones de Ingreso Presencial:** Únicamente por razones justificadas de caso fortuito, problemas de conectividad o respecto de personas autorizadas por el tribunal por carecer de medios tecnológicos, se permite la entrega material en soporte papel, caso en el cual el tribunal debe digitalizar e ingresar inmediatamente la presentación a la carpeta electrónica [i].
2. Presentación de Documentos (Art. 6° Ley N° 20.886):
* Los documentos en formato digital o digitalizado deben acompañarse a través de la OJV [i]. * **Títulos Ejecutivos y Documentos Originales:** Los títulos ejecutivos cuyo formato originario sea de papel deben presentarse materialmente en el tribunal bajo custodia del secretario o ministro de fe dentro de plazo, acompañando su correspondiente copia digital, bajo apercibimiento de tenerse por no iniciada la ejecución o por no presentado el documento [i].
B. Análisis del Inciso Segundo: La Suma del Escrito
El inciso segundo mantiene una de las solemnidades tradicionales más relevantes del enjuiciamiento escrito: el deber de encabezar todo escrito con una **suma** [i].
1. Finalidad Práctica de la Suma: Permite al tribunal, al secretario y a las partes identificar de inmediato la naturaleza del escrito y proveer con exactitud cada una de las solicitudes formuladas sin omitir peticiones accesorias [i]. 2. Estructura Forense Tradicional (Petición Principal y Otrosíes):
* En lo principal: Sintetiza la solicitud o acción medular del libelo (ej.: "Demanda de resolución de contrato" o "Evacua traslado de excepciones" [i]). * En el otrosí (o primeros, segundos otrosíes): Significa 'además de esto' y se utiliza para formular peticiones secundarias, procesales o probatorias (ej.: acompañamiento de documentos, designación de abogado patrocinante y apoderado, reserva de derechos) [i].
C. Esquema de Flujo Conceptual: Estructura e Ingreso del Escrito según el Art. 30 CPC
```
+-----------------------------------------------------------------------+
| ESTRUCTURA DEL ESCRITO JUDICIAL (Art. 30 inc. 2°) |
+-----------------------------------------------------------------------+
|
v
+-----------------------------------------------------------------------+
| SUMA |
| (Resumen de peticiones: En lo principal y en los otrosíes) |
+-----------------------------------------------------------------------+
|
v
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| CUERPO Y PETITORIO DEL ESCRITO |
| (Individualización del Tribunal, Hechos, Derecho y Por Tanto) |
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|
v
+-----------------------------------------------------------------------+
| VÍA DE PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA (Art. 30 inc. 1°) |
+-----------------------------------------------------------------------+
|
+----------------------------+----------------------------+
| |
v v
+------------------------------------+ +------------------------------------+ | REGLA GENERAL: Vía Electrónica | | EXCEPCIÓN: Soporte Papel Presencial | | - Ingreso por la Oficina Judicial | | - Caso fortuito o falta de medios | | Virtual con Clave Única | | tecnológicos autorizada. | | - Firma electrónica simple | | - Obligación del tribunal de | | - Certificado automático de envío | | digitalizar a la carpeta (Art. 5)| +------------------------------------+ +------------------------------------+ ```
4. Discusiones Doctrinales y Opiniones de Autores
| Jurista / Autor | Tesis sobre la Suma y la Tramitación Electrónica | Fundamento y Alcance Procesal |
|---|---|---|
| Mario Casarino Viterbo | La suma como solemnidad formal y guía de despacho. | Sostiene que la suma es una exigencia de orden para que el juez y el secretario no omitan pronunciarse sobre las peticiones accesorias del escrito [i]. |
| Alejandro Romero Seguel | La informatización y preservación de solemnidades. | Explica que la tramitación electrónica modifica el soporte del expediente, pero mantiene las exigencias formales del escrito para asegurar la claridad de la litis [i]. |
| Gonzalo Cortez / Diego Palomo | Firma electrónica y supresión de la firma manuscrita. | Afirman que el ingreso a la OJV con Clave Única satisface la exigencia de suscripción, haciendo innecesaria la firma de puño y letra en los escritos de las partes [i]. |
| Fernando Orellana Torres | Reemplazo del timbre o cargo físico por el certificado digital. | Precisa que el estampado de fecha y firma del secretario (Art. 32 CPC) fue sustituido para los escritos electrónicos por el certificado automático del sistema [i]. |
5. Síntesis Visual y Comparativa
| Inciso / Regla | Requisito de Fondo o Forma | Plataforma o Mecanismo | Sanción por Omisión |
|---|---|---|---|
| Art. 30 Inciso 1° (Ingreso de Escritos) | Presentación obligatoria por vía electrónica. | Oficina Judicial Virtual (OJV) con Clave Única o Firma Avanzada. | Inadmisión o devolución del escrito en papel no autorizado. |
| Art. 30 Inciso 1° (Ingreso de Documentos) | Incorporación digital o custodia de títulos materiales. | Módulo OJV o ingreso presencial bajo custodia con copia digital. | Apercibimiento de tener por no presentado el documento o ejecución. |
| Art. 30 Inciso 2° (Suma del Escrito) | Encabezamiento con la síntesis de solicitudes. | Encabezado del documento PDF ingresado al sistema informático. | Observación formal para ordenar la corrección de la suma. |
6. Jurisprudencia y Ejemplos Prácticos
- Corte Suprema, Rol N° 44.224-2017: El Máximo Tribunal resolvió que la tramitación electrónica establecida en la Ley N° 20.886 y en el artículo 30 del Código de Procedimiento Civil tiene por objeto facilitar la gestión del proceso, por lo que los jueces de la causa deben priorizar el acceso a la tutela judicial efectiva, sin supeditar el ejercicio de los derechos de las partes a aspectos meramente formales de la plataforma informática [i].
- Corte Suprema, Rol N° 28.507-2018: Confirmó la plena validez de las presentaciones realizadas a través de la Oficina Judicial Virtual por usuarios registrados con Clave Única, aclarando que la exigencia de firma electrónica avanzada se aplica a los jueces y ministros de fe, bastando para las partes la firma electrónica simple del sistema [i].
- Ejemplo Práctico de Redacción según el Art. 30 CPC:
``` PROCEDIMIENTO: Ordinario de Mayor Cuantía MATERIA: Cumplimiento de Contrato con Indemnización de Perjuicios (C16) DEMANDANTE: Carlos Araya Ruiz, C.I. 14.567.890-3 DEMANDADO: Inmobiliaria del Sur SpA, RUT 76.987.654-2 ABOGADO PATROCINANTE: Patricia Morales Soto, C.I. 12.345.678-9
EN LO PRINCIPAL: Demanda ordinaria de cumplimiento de contrato con indemnización de perjuicios. EN EL PRIMER OTROSÍ: Acompaña documento con citación. EN EL SEGUNDO OTROSÍ: Designa abogado patrocinante y confiero poder.
S. J. L. en lo Civil de Santiago (1°)
Carlos Araya Ruiz, de profesión contador, domiciliado en Av. Providencia N° 1234, comuna de Providencia, a S.S. respetuosamente digo:
[Desarrollo del escrito...]
POR TANTO, A S.S. PIDO: Se sirva tener por entablada demanda ordinaria... ```
