Historial de revisiones de «Artículo 712 del Código Civil»

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9 oct 2024

  • actant 15:1115:11 9 oct 2024María José Montes discusión contribs. 495 bytes +495 Página creada con « Artículo 712 del Código Civil. Existe el vicio de violencia, sea que se haya empleado contra el verdadero dueño de la cosa, o contra el que la poseía sin serlo, o contra el que la tenía en lugar o a nombre de otro. Lo mismo es que la violencia se ejecute por una persona o por sus agentes, y que se ejecute con su consentimiento o que después de ejecutada se ratifique expresa o tácitamente. ==Materias== ==Jurisprudencia== Categoría:Artículos del…»