Historial de revisiones de «Artículo 2288 del Código Civil»

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10 oct 2024

  • actant 21:4721:47 10 oct 2024María José Montes discusión contribs. 673 bytes +673 Página creada con « Artículo 2288 del Código Civil. Debe en consecuencia emplear en la gestión los cuidados de un buen padre de familia; pero su responsabilidad podrá ser mayor o menor en razón de las circunstancias que le hayan determinado a la gestión. Si se ha hecho cargo de ella para salvar de un peligro inminente los intereses ajenos, sólo es responsable del dolo o de la culpa grave; y si ha tomado voluntariamente la gestión, es responsable hasta de la culpa leve; s…»