Historial de revisiones de «Artículo 2061 del Código Civil»

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10 oct 2024

  • actant 20:5820:58 10 oct 2024María José Montes discusión contribs. 694 bytes +694 Página creada con « Artículo 2061 del Código Civil. La sociedad, sea civil o comercial, puede ser colectiva, en comandita, o anónima. Es sociedad colectiva aquella en que todos los socios administran por sí o por un mandatario elegido de común acuerdo. Es sociedad en comandita aquella en que uno o más de los socios se obligan solamente hasta concurrencia de sus aportes. Sociedad anónima es aquella formada por la reunión de un fondo común, suministrado por accion…»