Artículo 183 T del Código del Trabajo
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En caso de que el trabajador continúe prestando servicios después de expirado el plazo de su contrato de trabajo, éste se transformará en uno de plazo indefinido, pasando la usuaria a ser su empleador y contándose la antigüedad del trabajador, para todos los efectos legales, desde la fecha del inicio de la prestación de servicios a la usuaria.
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Juzgado de Letras del Trabajo de Puente Alto, O-198-2014: "El artículo 183-T del Código del Trabajo señala que, en caso que el trabajador de una EST continúe prestando servicios después de expirado el plazo de su contrato de trabajo, éste se transformará en uno de plazo indefinido, pasando la empresa usuaria a ser su empleador. Esta norma excepcional, ubicada en el párrafo segundo del título séptimo denominado "Del Trabajo en Régimen de Subcontratación y del Trabajo en Empresas de Servicios Transitorios" da a entender que la única causal por la cual un contrato de trabajo de una persona que preste servicios para una EST se transforma en indefinido es aquella en que sigue prestando servicios después de expirado el plazo de su contrato de trabajo."